Superintendencia de Sujetos no Financieros (SSNF)

La Superintendencia de Sujetos no Financieros (SSNF) fue creada mediante la Ley 124 de 7 de enero de 2020, como organismo autónomo del Estado, teniendo como objetivo general, la competencia privativa para regular y supervisar en la vía administrativa a los sujetos obligados no financieros, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 23 de 2015, en materia de prevención de Blanqueo de Capitales, el Financiamiento del Terrorismo y el Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (BC/FT/FPADM).

Misión

Supervisar y regular a los Sujetos no Financieros en materia de prevención de blanqueo de capitales, financiamiento del terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva, de manera eficaz, para cumplir con el marco de prevención de blanqueo de capitales, financiamiento del terrorismo y el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masivas, así como las recomendaciones y estándares de los organismos internacionales en esta materia.

Visión

Ser un organismo con altos estándares en la supervisión y regulación de los sujetos obligados no financiero, brindándoles apoyo permanente en la lucha contra el blanqueo de capitales, financiamiento del terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva; logrando de esta forma ser reconocido en el ámbito nacional e internacional, por nuestra efectividad en nuestro sistema de prevención.

Sujetos Obligados SSNF
Empresas de la Zona Libre de Colón, empresas establecidas en la Agencia-Panamá Pacífico, Zona Franca de Barú y demás zonas francas establecidas en la República de Panamá.Empresas de transporte de valoresAbogados y contadores públicos autorizado, cuando en el ejercicio de su actividad profesional realicen en nombre de un cliente o por un cliente alguna de las actividades sujetas a supervisión descritas en la Ley 23. 
Casinos, juegos de suerte y azar y organización de sistemas de apuestas y otros establecimientos físicos o telemáticos que desarrollan estos negocios a través de Internet.Casa de empeño.Notarios públicos en el ejercicio de sus funciones de acuerdo con las disposiciones legales vigentes.
Empresas promotoras, agentes inmobiliarios y corredores de bienes raíces, cuando estos se involucren en transacciones para sus clientes, concernientes a la compra y venta de bienes inmobiliarios.Empresas dedicadas a la comercialización de metales preciosos o a la comercialización de piedras preciosas, en cualquiera de sus formas, sea mediante la entrega física o compra de contratos a futuro, incluyendo las bolsas de diamantes.Cualquier otro sector que por ley esté sujeto a la competencia de la Superintendencia, así como otras entidades y actividades que se incluyan por ley y que, atendiendo a la naturaleza de sus operaciones, puedan ser utilizadas para la comisión de los delitos de blanqueo de capitales, financiamiento del terrorismo o financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva o aquellas que surjan del plan nacional de evaluación de riesgos para la prevención de los delitos de blanqueo de capitales, financiamiento del terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva.
Empresas dedicadas al ramo de la construcción, empresas contratistas generales y contratistas especializadas.